Formalizar su negocio en la República Dominicana: Estructuras corporativas

Formalizar su negocio en la República Dominicana: Estructuras corporativas

 

Por Galina Tapia Bueno

 

¿Quieres emprender un negocio en República Dominicana y no estás claro de lo que debes hacer? El primer paso es establecer a través de qué tipo de sociedad comercial lo harás, según la actividad que desarrollarás, conoce los pasos generales que debes seguir y cuáles son los entes a los que debes acudir… 

 

Galina Tapia Bueno

Abogada

Especialista en Derecho Corporativo, Negocios, Financiamientos, Tecnologías, Constitucional, Administrativo, así como en Regulación Económica

Fundadora de Gilbert Tapia Legal SRL

 

La formalización de un negocio generalmente conlleva que su estructuración y forma de ejecución de su actividad comercial, que habitualmente resulta en la venta de bienes o prestación de servicios, se realice a través de un vehículo corporativo o sociedad comercial.

 

En la República Dominicana existen distintos tipos de sociedades comerciales con características, requerimientos mínimos de aportes, régimen de responsabilidades, de control administrativo y gobierno corporativo, entre otras, que han de ser analizados para determinar cuál de esas sociedades comerciales se ajusta más a la realidad y necesidad de su negocio. Actualmente, los tipos societarios más utilizados en la República Dominicana son las Sociedades de Responsabilidad Limitada, las Sociedades Anónimas, las Sociedades Anónimas Simplificadas y las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.

 

La selección idónea y estratégica de un tipo de sociedad comercial impacta no sólo en la organización de sus operaciones, sino además en su contribución fiscal y en el cumplimiento de la regulación existente para diversos sectores, como sería el caso de una entidad de intermediación financiera o un puesto de bolsa.

 

De igual forma, se ha de puntualizar que el uso de sociedades comerciales dominicanas no es exclusivo para operar en la República Dominicana, por lo que las empresas extranjeras pueden válidamente realizar negocios o ser titulares de activos en el país. La legislación dominicana reconoce los mismos derechos y obligaciones de una sociedad dominicana a una sociedad extranjera, cuando esa sociedad extranjera esté debidamente registrada ante las entidades dominicanas correspondientes.

 

Para operar en la República Dominicana, tanto las sociedades dominicanas como extranjeras, deberán inicialmente matricularse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio y Producción correspondiente al domicilio elegido para esa sociedad, y en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

 

No obstante lo anterior, se ha de tener en cuenta que la operación regular y formal de cada negocio podrá estar sujeta a regulaciones especiales que requieran el cumplimiento de determinados requerimientos o la obtención de permisos, licencias, concesiones o autorizaciones, que dependerán del tipo de actividad comercial que se pretenda desarrollar.

 

(Formalizar su negocio en RD: Estructuras corporativas)